sábado, 13 de enero de 2018

Capacidad Industrial instalada en un 69,2%



Utilización de la capacidad instalada en la industria Noviembre de 2017 arribo al 69,2%, al tope se encuentra la actividad de refinería de petróleo con el 83,1%
Lic Miguel A Aquino. Gaes.NEA-Iefer

Segun INDEC a utilización de la capacidad instalada en la industria se ubica en el 69,2% en el mes de noviembre de 2017, nivel superior al registrado en el mismo mes del año anterior (68,4%).

En este informe donde se analiza el período enero 2016-noviembre 2017, el INDEC destaca que en el mes de noviembre del corriente año alcanzan el mayor nivel de utilización de la capacidad instalada los bloques de las industrias metálicas básicas y de los productos minerales no metálicos.
Informa además que con  respecto a las industrias metálicas básicas, el sector siderúrgico registra un aumento en la utilización de las plantas productivas que se vincula principalmente con el mayor nivel de la actividad de la construcción, el crecimiento de la fabricación de maquinaria agrícola, la mayor demanda vinculada a desarrollos energéticos y el crecimiento de distintos segmentos de fabricación de línea blanca. Con respecto al aumento de los pedidos por parte de la actividad constructora, cabe destacar que según datos del Indicador Sintético de la Actividad de la Construcción (ISAC), el consumo aparente interno de hierro redondo para hormigón presenta un incremento de 29,3% en el período enero-noviembre de 2017 con respecto al mismo acumulado del año anterior.

En cuanto a los otros bloques de industria , menciona que la utilización de la capacidad instalada en el bloque de productos minerales no metálicos crece, impulsada por la construcción tanto de obras públicas como privadas, que estimularon la demanda de cemento y de otros materiales de construcción. De acuerdo con datos del ISAC, la actividad de la construcción presenta un crecimiento del 12,6% en el período enero-noviembre de 2017 con respecto al mismo acumulado del año anterior.
Dentro de los productos minerales no metálicos, cabe mencionar los incrementos registrados en el período enero-noviembre de 2017, respecto del mismo acumulado del año anterior, en el consumo interno de cemento (12,5%), placas de yeso (8,7%), ladrillos huecos (7,8%), pisos y revestimientos cerámicos (7,4%) y artículos sanitarios de cerámica (6,3%). Asimismo, según el informe técnico
sobre indicadores de coyuntura de la actividad de la construcción, la superficie a construir registrada por los permisos de edificación otorgados para la ejecución de obras privadas en una nómina representativa de 41 municipios, observó en el período enero-noviembre de 2017 un incremento de 9,8% con respecto al mismo acumulado del año anterior.

Bloques sectoriales superiores a la media del nivel general
En el mes de noviembre de 2017, los bloques sectoriales que presentan niveles de utilización de la capacidad instalada superiores al nivel general son: industrias metálicas básicas (83,1%), papel y cartón (82,7%), productos minerales no metálicos (80,6%), refinación del petróleo (79,0%), sustancias y productos químicos (71,0%) y productos del tabaco (70,5%).

Refinacion Petroleo
83,1
Papel y carton
82,7
Min No metalic
80,6
Refinacion Petroleo
79,0
Sust y prod quimicos
71,0
Prod del tabaco
70,5
PROMEDIO
69,2
Prod Alimentos y beb
67,7
Edic e impresión
62,9
Metalmec excep Automot
61,2
Productos textiles
60,9
Prod Cauchos
59,9
Industria automotriz
55,0
Indec 88 enero 2018


Bloques sectoriales por debajo del nivel general

 Por otra parte, los bloques sectoriales que se ubican por debajo del nivel general de la industria son: productos alimenticios y bebidas (67,7%), edición e impresión (62,9%), metalmecánica excepto automotores (61,2%), productos textiles (60,9%), productos de caucho y plástico (59,9%) y la industria automotriz (55%

Embargos cuenta sueldos



Embargos a cuentas sueldos se encuentra habilitada en el DNU dictado por el Poder Ejecutivo Nacional
Lic Miguel A Aquino. Gaes-NEA-Iefer
Esta posibilidad de embargo de las cuentas sueldo estaria autorizada en el mega decreto de necesidad y urgencia dictada por el Poder Ejecutivo Nacional
En el Boletin Oficial se publico el Decreto 27/2018 dictado por el Ejecutivo Nacion, y en el articulo 168 menciona que se elimina la prohibiciòn de embargos sobre la cuenta sueldo, y realiza una diferenciacion entre el salario y la cuenta creada por el empleador para pagar la remuneración laboral a sus empleados.


Según menciona Telam, la modificacion de la norma precisa que “no podran trabarse embargos de ningun tipo sobre el saldo de la cuenta sueldo en la medida que se trate de montos derivados de una relacion labora y/o prestaciones de la seguridad social cuando ese importe no exceda el equivalente a tres veces el monto de las remuneraciones y/o prestaciones  devengadas por los trabajadores y/o beneficiarios en cada periodo mensual , según el promedio de los ultimos seis meses”
De esta manera , se habilita a las entidades financieras a embargar directamente de la cuenta sueldos del moroso, situacion que antes estaba vedada por la ley de contrato de trabajo, aunque con preservaciones de ciertos limites.

lunes, 8 de enero de 2018

Escala monotributo 2018



Nueva escala del monotributo regirá a partir del 01 de enero de 2018. La menor categoría pagará $ 1007,41
Lic. Miguel A Aquino. Gaes-Nea. Fundacion IEFER
Desde este lunes 01 de enero los monotributistas deberán pagar nuevos valores acorde a la escala que publicar la Administración Federal de Ingresos Públicos
El Organismo fiscal indicó que para el rubro de prestación de servicios el componente impositivo partirá desde $ 87,04 a $ 3.584,17, en tanto que para la venta de cosas muebles estos valores parten desde los $ 87,04 hasta $ 6.048,30.
Si a dichos conceptos se le adiciona el componente de aporte al SIPA y a las obras sociales, la cuota para “servicios” irá desde 1.007,41 a 4.868,86 pesos, en tanto que la cuota mensual para “venta de cosas muebles" irá desde 1.007,41 a 7.580,69 pesos.
Cuadro de montos a ingresar (Infobae.com)






Nivel de ventas para cada categoría
Respecto al límite de ingresos para diferentes categorías se informó también los nuevos valores a considerar para cada categoría.
En estos casos se publica que para servicios va desde 107.525,27 pesos (categoría A) hasta 896.043,90 pesos (categoría H). A su vez, para venta de bienes va desde 107.525,27 pesos (categoría A) hasta 1.344.065,86 pesos (categoría K).
Otro concepto actualizado refiere al monto máximo de "alquileres devengados anualmente", que se parte desde 40.321,98 pesos (categoría A) hasta 161.287,90 pesos (categoría K).
Cuadro de nivel de ingresos (Infobae.com)